Diligencias personales y requerimientos
Un requerimiento o una notificación personal puede canalizarse a la Unidad de Medios de Comunicación del Poder Judicial del Estado de Nuevo León y producir un folio actuarial. La secuencia depende del acuerdo que ordena la diligencia y de la forma en que deba practicarse.
Para el seguimiento se identifican el número de exhorto, el folio, la persona destinataria y el término concedido.
Inspecciones y actuaciones que requieren coordinación
Una inspección o una prueba puede exigir fecha, lugar, participantes y coordinación con personal judicial. El trabajo local consiste en dar seguimiento al señalamiento, atender la logística autorizada y obtener la constancia que se incorpore al expediente.
La duración no puede equipararse automáticamente con un emplazamiento o con la entrega de un oficio, porque la actuación puede depender de agenda y disponibilidad de varias personas.
Asistencia de NEXHORTO para esta gestión
Selecciona el alcance que corresponde a “Otras diligencias mediante exhorto en Monterrey” y recibe el total antes de solicitar la contratación.
Comunicaciones dirigidas a autoridades o terceros
Cuando el objeto es comunicar un requerimiento a una institución, la función local puede agotarse con la entrega si eso es exactamente lo ordenado. La respuesta del destinatario puede dirigirse directamente a la autoridad de origen o incorporarse al exhorto, según el contenido del mandamiento.
Por esa razón el seguimiento parte del texto literal del acuerdo y de la evidencia que debe obtenerse en Monterrey.
Cómo cotizar varias actuaciones
La cotización pregunta cuántas diligencias personales y cuántos oficios o comunicaciones deben realizarse. Si existe una actuación distinta, se describe para delimitar su logística y cotizarla de manera específica.
NEXHORTO puede asumir todas las gestiones o únicamente una actuación concreta dentro del exhorto.
Si el exhorto reúne actuaciones de distinta naturaleza, la diligenciación de exhortos en Monterrey ofrece una visión de conjunto de los servicios disponibles, sin sustituir la revisión particular de cada orden judicial.

